NOBEL DE MED'C'NA DR. C SAR M'LSTE'N mm
Transcript of NOBEL DE MED'C'NA DR. C SAR M'LSTE'N mm
mm"2021 - ANO DE HOMENAJE AL PREMIO
NOBEL DE MED'C'NA DR. C SAR M'LSTE'N"
"2021 - ANO DEL B,CENTENAR,O DEL PASO A LA ,NMORTAL,DAD DEL H ROENACIONAL GENERAL MARTlN MIGUEL DE GUEMES"
Universidad Nacional de SaltaRecto rado
SALTA, 2 6 AGO 2021
Expte. N0 048/21
VISTO el CONTRATO DE LOCACI6N DE SERVICIOS suscripto con la Srta. Mar-cela Anabel BELTRAN, D.N.I. N0 40
.659.216; y
CONSIDERANDO:
QUE se suscribi6 el Contrato con la Srta. BELTRAN, para que cumpla servlclosen el RECTORADO de esta Universidad, en el area de Prensa y Comunicacibn Institucional,
en la cobertura de actos, cobertura de firmas de convenios, realizacion de partes de prensa,manejo de entrevistas y difusiones de todas las actividades que se generan en las distintas
Secretarias de la Universidad, y/o toda otra tarea que le indique la autoridad en el marco deeste contrato.
QUE el contrato tiene vigencia a partir del 1° de agosto de 2021 y vence el 31 dediciembre de 2021, con una retribucion mensual de PESOS DIECIOCHO MIL ($ 18.000,00).
QUE corresponde la emisi6n del instrumento aprobatorio del contrato suscripto.
Por ello y en uso de las atribuciones que le son propias,
LA VICERRECTORA A/C DEL RECTORADODE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA
RESUELVE:
ARTICULO I0.- Aprobar con vigencia al 1° de agosto de 2021 y hasta el 31 de diciembre de2021. el CONTRATO DE LOCACI6N DE SERVICIOS suscripto entre la UNIVERSIDAD NA-CIONAL DE SALTA y la Srta. Marcela Anabel BELTRAN, D.N.I. N0 40.659
.216, que comoANEXO forma parte integrante de la presente resoluci6n
.
ARTlCULO 2°.
- Imputar el gasto que origine el cumplimiento de la presente resoluci6n en ladependencia 12-05-16 - CONTRATOS
, del presupuesto de esta Universidad - Ejercicio 2021.
ARTlCULO 3° - Publiquese en el Boletln Oficial de la Universidad y notifiquese a la interesa-da. Cumplido, siga a la DIRECClON GENERAL DE ADMINISTRAClON a sus efectos y archi-
U.N
.Sa.
Prof. Oscaribarlo BarriosSecreXatio General
Universidad Nacional da Salt,
resolucion r-n0 0 9 1 2-20 2 1
altp\
Or. ultGO SIBELLOSecrelario Administrative
'oiversldad Nacional de Sa
Ora.GRACIELAdel VALLE MORALESVICERRECTORA
idad Nacional de Salta
ANEXO RESOLUCION
R-N0 0912-2021
EXPTE. N0 048/21
CONTRATO DE LOCACI6N DE SERVICIOS
Entre la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA. representada en este acto por el
Seftar Rector, CPN ViCTOR HUGO CLAROS DNI N0 8.837.506. con domicilio legal en
Avenida Bolivia N0 5150 - Campo Castanares. de la ciudad de Salta, en adelante "LA
UNIVERSIDAD" o "EL COMITENTE" por una parte; y por la otra parte la SRA.
MARCELA ANABEL BELTRAN argentlna, identificada con DNI N0 40.659.216, con
domicilio real en Av Houssay - Manzana 36 Lote 1 Grupo 648, en el Barrio
Castafteres de la ciudad de Salta. en lo sucesivo "EL/LA CONTRATADO/A) por la otra.
acuerdan celebrar el siguiente Contrato de Locacion de Servicios. que se regira por las
siguientes clausulas:
PRIMERA: DISPOSICIONES GENERALES: A los efectos de interpreter el espiritu del
presente contrato. a menos que el contexto exija otra cosa, los terminos que a
continuacion se expresan tendrdin el siguiente significado
a) "LEY APLICABLE": significa las leyes, reglamentos y/o cualesquiera otras
disposiciones que tengan fuerza normativa en la Republica Argentina.
b) "CONTRATO": significa el presente instrumento legal celebrado entre las partes
arriba mencionadas.
c) "LA UNIVERSIDAD" 0 "EL COMITENTE": significa la Universidad Nacional de
Salta.
d) "CONTRATADO" 0 "PARTE": significa la persona humana que, actuando en forma
independiente, se obliga por este contrato a proveer un servicio determinado a EL
COMITENTE. mediante una retribucion.
e) "
SERVICIOS": significa el trabajo que aqui se describe y que el contratado deber
realizar conforme a este contrato.
0 "TERCERO": significa cualquier persona 0 firma que no sea alguna de las partes eneste contrato.
SEGUNDA: RELACI6N ENTRE LAS PARTES: El presente contrato constituye unalocacibn de servicios y ninguna estipulacibn podr interpretarse en el sentido de que
entre las partes exista una relacion de empleo 0 cualquiera otra que implique
obligaciones para la CONTRATADA m s alia de plazo previsto 0 que excedan las
expresamente aqui estipuladas.
Por lo tanto, LA CONTRATADA no ser i considerado en ningun caso bajo relaci6n de
dependencia de la Universidad Nacional de Salta y se regir exclusivamente por laL normativa mencionada en el encabezamiento del presente contrato
.
TERCERA: OBJETO - AMBITO DE PRESTACION DE SERVICIOS - HORARIOS: LA
CONTRATADA se compromete a prestar servicios en el Rectorado de la Universidad
Nacional de Salta. del complejo Gral. Jose de San Martin Avda. Bolivia 5150. en el
6rea de Prensa y Comunicaci6n Institucional, por 5 (cinco) horas diarias de lunes aviernes. para cumplir funciones: con cobertura de actos: entre ellos cobertura de firmasde convenios, realizaci6n parte de prensa, manejo de entrevistas y difusiones de todas
las actividades que se generan en las distintas Secretarias de la universidad y/o toda
otra tarea que le indlque la autoridad en el marco de este contrato.
CUARTA: VIGENCIA Y DURACION: El presente contrato tiene vigencia a partir del
dia 01 de agosto del ano 2021 y vence indefectiblemente el dia 31 de diciembre delafto 2021, sin necesidad de comunicaciOn previa entre las partes. Podr acordarse su
prorroga unicamente en caso de acuerdo por escrito entre quienes lo suscriben, ainiciativa exclusiva de LA UNIVERSIDAD
QUINTA: HONORARIOS Y FORMA DE PAGO: HONORARIOS Y FORMA DE
PAGO: LA CONTRATADA percibira de EL COMITENTE, por los servicios a que se
obliga prestar, la suma mensual, total y unica de $ 18.000,00 (dieciocho mil con
00/100). En todos los cases el pago se efectuara previa presentacion, en Tesorerla
General o en la respectiva Dependencia de LA UNIVERSIDAD, de la factura en legal
forma correspondiente a honorarios por el servicio prestado, monto del cual se
deducircin las retenciones y gravamenes que legalmente correspondan.
SEXTA: RESPONSABILIDADES DEL CONTRATADO: LA CONTRATADA se obliga
a guardar estricta reserva sobre asuntos que sean sometidos a su tratamiento,
quedando expresamente prohibido brindar informacibn de lo que tenga conocimientocon motive de la ejecuciOn del presente contrato. salvo expresa autorizacion de EL
COMITENTE. Son a cargo de LA CONTRATADA los aportes previsionales, de
seguros y prestaciones medicas. liberando en tal sentido LA UNIVERSIDAD de
responsabilidad por accidentes de toda indole, asistencia medica y obra social, cuyo
cumplimento quedard bajo su exclusiva cuenta. como asi tambien toda otra obligacion
en materia impositiva, previsional y de la seguridad social.
Asimismo, LA CONTRATADA no aceptar instrucciones u Ordenes de autoridades o
personas ajenas a EL COMITENTE en reiacion a la ejecucion de las prestaciones quese obliga cumplir por este contrato.
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SEPTIMA: DERECHOS Y OBLIGACIONES. Los derechos y obligaciones de LA
CONTRATADA ser n exclusivamente los aqui previstos. Por consiguiente. no tendra
derecho a recibir del contratante ningun beneficio, prestacion, compensacion u otro
pago fuera de los estipulados expresamente en el presente.
OCTAVA: RESCISION DEL CONTRATO. LA UNIVERSIDAD y LA CONTRATADA
podr n rescindir este contrato mediante carta documento u otro medio fehaciente, sin
necesidad de interpelacion judicial o extrajudicial alguna, acordandose expresamente
que tal evento no genera derecho a ninguna de las partes a reclamar indemnizacion
de ninguna indole por causa de la rescisibn anticipada. En tal case, la parte que
ejercite el derecho de rescisibn deberd comunicarlo fehacientemente con treinta (30)
dlas de antelacion.
Tambien podra resolverse el presente contrato con causa por incumplimiento de una
de las partes a las obligaciones y compromises asumidos.
NOVENA: Los derechos de propiedad y de produccibn, asi como cualquier otro
derecho intelectual de cualquier naturaleza respecto de los informes, trabajos. estudios
u obras producidas como consecuencia de este contrato, pertenecen a LA
UNIVERSIDAD.
DECIMA: Las partes constituyen domicilio a todos los efectos del presente contrato en
los denunciados en el encabezamiento, a donde seran validas todas las
comunicaciones y notificaciones que se hicieren con motivo o relacionadas a este
contrato y hasta tanto se notifique a la contraparte, por cualquier medio fehaciente, su
modificacibn.
DECIIVIA PRIIVIERA: Es a cargo de LA CONTRATADA la parte proporcional de
Impuesto a los Sellos que corresponde abonar por la celebracidn del presentecontrato. dej ndose constancia que LA UNIVERSIDAD goza de exencibn impositiva
.
DECIMA SEGUNDA: Para todos los efectos del presente contrato. las partes se
someten a la Jurisdicci6n de los Tribunales Federates con asiento en la Ciudad de
Salta, renunciando expresamente a cualquier otro fuero o jurisdicci6n que les pudiere
corresponder.
En la Ciudad de Salta
. a los. J.cl..dlas del mes de agosto del afio 2021, se firman
dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto.
*
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