Deli to s Contra El Honor

24
DELITOS CONTRA EL DELITOS CONTRA EL HONOR HONOR Título VIII Párr. 6, 7 y Título VIII Párr. 6, 7 y 8 8

description

excelente presentación para docencia

Transcript of Deli to s Contra El Honor

Page 1: Deli to s Contra El Honor

DELITOS CONTRA EL DELITOS CONTRA EL HONORHONOR

Título VIII Párr. 6, 7 y 8Título VIII Párr. 6, 7 y 8

Page 2: Deli to s Contra El Honor

Delitos contra el HonorDelitos contra el Honor

Bien Jurídico: Bien Jurídico: Honor Honor (tensión libertad de (tensión libertad de expresión y derecho a la honra)expresión y derecho a la honra)

Clasificación del Honor:Clasificación del Honor:

A) subjetivoA) subjetivo

B) objetivoB) objetivo

Concepto y diferenciasConcepto y diferencias

Ataque (Injurias contumeliosas y difamatorias) Ataque (Injurias contumeliosas y difamatorias)

Las calumnias son una especie de injuria Las calumnias son una especie de injuria contumeliosa. contumeliosa.

Page 3: Deli to s Contra El Honor

Delitos contra el HonorDelitos contra el Honor

Calumnia:Calumnia:Art. 412. Es calumnia la imputación de un Art. 412. Es calumnia la imputación de un delito determinado pero falso y que pueda delito determinado pero falso y que pueda actualmente perseguirse de oficio.actualmente perseguirse de oficio.Injurias:Injurias:Art. 416. Es injuria toda expresión Art. 416. Es injuria toda expresión proferida o acción ejecutada en deshonra, proferida o acción ejecutada en deshonra, descrédito o menosprecio de otra descrédito o menosprecio de otra persona.persona.

Page 4: Deli to s Contra El Honor

InjuriasInjurias

SujetosSujetos

Activo: no hay norma especialActivo: no hay norma especialPasivo: (infames, personas jurídicas, Pasivo: (infames, personas jurídicas, menores y enajenados)menores y enajenados)

Conducta:Conducta: “acciones”“acciones” y y “expresiones”“expresiones”, , indefinidas, limitadas por la preposición indefinidas, limitadas por la preposición “en” “en” deshonra, descrédito o menospreciodeshonra, descrédito o menosprecio

Page 5: Deli to s Contra El Honor

InjuriasInjurias

““Exceptio Veritatis” Exceptio Veritatis”

Art. 420. Al acusado de injuria no se admitiráArt. 420. Al acusado de injuria no se admitirá

prueba sobre la verdad de las imputaciones, prueba sobre la verdad de las imputaciones, sino cuando éstas fueren dirigidas contra sino cuando éstas fueren dirigidas contra empleados públicosempleados públicos sobre sobre hechos hechos concernientes al ejercicio de su cargoconcernientes al ejercicio de su cargo..

En este caso será absuelto el acusado si En este caso será absuelto el acusado si probare la verdad de las imputaciones.probare la verdad de las imputaciones.

Page 6: Deli to s Contra El Honor

InjuriasInjurias

Culpabilidad: Además del dolo, un elemento subjetivo Culpabilidad: Además del dolo, un elemento subjetivo especial, denominado especial, denominado “animus injuriandi”.“animus injuriandi”.

Inexistencia del Delito por la presencia de otros Inexistencia del Delito por la presencia de otros ““animus”: “animus”: “narrandi”, “retorquendi”, “criticandi”, narrandi”, “retorquendi”, “criticandi”, “defendendi”, “jocandi”, etc. “defendendi”, “jocandi”, etc.

Posición minoritaria: Posición minoritaria: “animus injuriandi” “animus injuriandi” es sólo la es sólo la denominación del dolo propio de la figura y la presencia denominación del dolo propio de la figura y la presencia de otros ánimus se resuelve a través de la antijuricidad, de otros ánimus se resuelve a través de la antijuricidad, y por lo tanto no a través de la tipicidad o de la y por lo tanto no a través de la tipicidad o de la culpabilidad (según la posición doctrinaria que se culpabilidad (según la posición doctrinaria que se adopte).adopte).

Page 7: Deli to s Contra El Honor

Injurias - ClasificaciónInjurias - Clasificación

1.1. Graves (417)Graves (417)

2.2. Leves (todas las demás, Leves (todas las demás, hechashechas por por escrito y con publicidad) (419)escrito y con publicidad) (419)

3.3. Livianas (todas las demás, Livianas (todas las demás, no hechas no hechas por escrito y con publicidad) (496 Nº 11)por escrito y con publicidad) (496 Nº 11)

Page 8: Deli to s Contra El Honor

Injurias - GravesInjurias - Graves

Art. 417. Son injurias Art. 417. Son injurias graves:graves:

1° 1° La imputación de un crimen o simple delito de los que no dan La imputación de un crimen o simple delito de los que no dan lugar a procedimiento de oficio.lugar a procedimiento de oficio.2° 2° La imputación de un crimen o simple delito penado o prescrito.La imputación de un crimen o simple delito penado o prescrito.3° 3° La de un vicio o falta de moralidad cuyas La de un vicio o falta de moralidad cuyas consecuencias consecuencias puedan perjudicar considerablemente la fama, crédito o intereses puedan perjudicar considerablemente la fama, crédito o intereses del agraviado.del agraviado.4° 4° Las injurias que por su naturaleza, ocasión o circunstancias Las injurias que por su naturaleza, ocasión o circunstancias fueren tenidas en el concepto público por afrentosas.fueren tenidas en el concepto público por afrentosas.5° 5° Las que racionalmente merezcan la calificación deLas que racionalmente merezcan la calificación degraves atendido el estado, dignidad y circunstancias delgraves atendido el estado, dignidad y circunstancias delofendido y del ofensor.ofendido y del ofensor.

Page 9: Deli to s Contra El Honor

Injurias – Graves: Injurias – Graves: PenalidadPenalidad

Art. 418. Art. 418. Las injurias graves hechas Las injurias graves hechas por escrito por escrito y con publicidady con publicidad, serán castigadas con las , serán castigadas con las penas de reclusión menor en sus grados mínimo penas de reclusión menor en sus grados mínimo a medio y multa de once a veinte unidades a medio y multa de once a veinte unidades tributarias mensuales. tributarias mensuales.

No concurriendo aquellas circunstanciasNo concurriendo aquellas circunstancias, las , las penas serán reclusión menor en su grado penas serán reclusión menor en su grado mínimo y multa de seis a diez unidades mínimo y multa de seis a diez unidades tributarias mensuales. tributarias mensuales.

Page 10: Deli to s Contra El Honor

¿Cuándo es por escrito y con ¿Cuándo es por escrito y con publicidad?publicidad?

Art. 422. La calumnia y la injuria se reputan hechaspor escrito y con publicidad cuando se propagaren pormedio de carteles o pasquines fijados en los sitiospúblicos; por papeles impresos, no sujetos a la ley deimprenta, litografías, grabados o manuscritoscomunicados a más de cinco personas, o por alegorías,caricaturas, emblemas o alusiones reproducidos por medio de la litografía, el grabado, la fotografía u otroprocedimiento cualquiera.Ley 19.733 (uso de medios de comunicación)

Page 11: Deli to s Contra El Honor

Injurias – Leves y LivianasInjurias – Leves y Livianas

Art. 419. Las injurias Art. 419. Las injurias levesleves se castigarán se castigarán con las penas de reclusión menor en su con las penas de reclusión menor en su grado mínimo y multa de seis a diez grado mínimo y multa de seis a diez unidades tributarias mensuales unidades tributarias mensuales cuandocuando

fueren hechas por escrito y con fueren hechas por escrito y con publicidadpublicidad. .

No concurriendo estas circunstancias se No concurriendo estas circunstancias se penarán como penarán como faltasfaltas. .

Page 12: Deli to s Contra El Honor

Injurias LivianasInjurias Livianas

Art. 496. Sufrirán la pena de multa de una Art. 496. Sufrirán la pena de multa de una a cuatro unidades tributarias mensuales:a cuatro unidades tributarias mensuales:

Nº 11. El que injuriare a otro livianamente Nº 11. El que injuriare a otro livianamente de obra o de palabra, no siendo por de obra o de palabra, no siendo por escrito y con publicidad.escrito y con publicidad.

Page 13: Deli to s Contra El Honor

CalumniasCalumnias

Una especie de injuria: la difamatoria.Una especie de injuria: la difamatoria.

Art. 412. Art. 412. Es calumnia la imputación de un delito Es calumnia la imputación de un delito determinado pero falso y que pueda actualmente determinado pero falso y que pueda actualmente perseguirse de oficio.perseguirse de oficio.

Sujetos: Sujetos: En general rige lo comentado sobre injurias, En general rige lo comentado sobre injurias, con las siguientes precisiones:con las siguientes precisiones:A) personas jurídicas no comenten delitosA) personas jurídicas no comenten delitosB) inimputables pueden ser objeto del delito, porque se B) inimputables pueden ser objeto del delito, porque se trata esencialmente de imputación de “hechos trata esencialmente de imputación de “hechos delictuosos” delictuosos”

Page 14: Deli to s Contra El Honor

CalumniasCalumnias

Conducta: imputación o atribución de un hecho delictivo Conducta: imputación o atribución de un hecho delictivo concreto a una persona y por lo tanto no la imputación concreto a una persona y por lo tanto no la imputación de un delito en abstracto (ésta es una eventual injuria)de un delito en abstracto (ésta es una eventual injuria)Culpabilidad: Dolo directo, es decir, conocimiento de las Culpabilidad: Dolo directo, es decir, conocimiento de las circunstancias típicas y voluntad de realizarlas.circunstancias típicas y voluntad de realizarlas.La imputación debe recaer sobre hechos que de ser La imputación debe recaer sobre hechos que de ser efectivos constituyan crímenes o simples delitos (por efectivos constituyan crímenes o simples delitos (por penalidad de 413 y 414), de manera que se excluyen las penalidad de 413 y 414), de manera que se excluyen las faltas (su imputación podría configurar una injuria)faltas (su imputación podría configurar una injuria)También se pude atribuir cuasidelitos, por la extensión También se pude atribuir cuasidelitos, por la extensión del artículo 4del artículo 4

Page 15: Deli to s Contra El Honor

CalumniasCalumnias

““Exceptio Veritatis”Exceptio Veritatis”

Art. 415. El acusado de calumnia quedará exento deArt. 415. El acusado de calumnia quedará exento detoda pena probando el hecho criminal que hubieretoda pena probando el hecho criminal que hubiereimputado.imputado.

La sentencia en que se declare la calumnia, si elLa sentencia en que se declare la calumnia, si elofendido lo pidiere, se publicará por una vez a costaofendido lo pidiere, se publicará por una vez a costadel calumniante en los periódicos que aquél designare,del calumniante en los periódicos que aquél designare,no excediendo de tres.no excediendo de tres.

Page 16: Deli to s Contra El Honor

Calumnia – Tipicidad y PenalidadCalumnia – Tipicidad y Penalidad

Art. 413. La calumnia propagada por escrito y con publicidad será Art. 413. La calumnia propagada por escrito y con publicidad será castigada:castigada:

1° Con las penas de reclusión menor en su grado medio y multa de 1° Con las penas de reclusión menor en su grado medio y multa de once a veinte unidades tributarias mensuales, cuando se imputare once a veinte unidades tributarias mensuales, cuando se imputare un crimen. un crimen. 2° Con las de reclusión menor en su grado mínimo y multa de seis a 2° Con las de reclusión menor en su grado mínimo y multa de seis a diez unidades tributarias mensuales, si se imputare un simple delito. diez unidades tributarias mensuales, si se imputare un simple delito.

Art. 414. No propagándose la calumnia con publicidad y por escrito, Art. 414. No propagándose la calumnia con publicidad y por escrito, será castigada:será castigada:1° Con las penas de reclusión menor en su grado mínimo y multa de 1° Con las penas de reclusión menor en su grado mínimo y multa de seis a quince unidades tributarias mensuales, cuando se imputare seis a quince unidades tributarias mensuales, cuando se imputare un crimen. un crimen. 2° Con las de reclusión menor en su grado mínimo y multa de seis a 2° Con las de reclusión menor en su grado mínimo y multa de seis a diez unidades tributarias mensuales, si se imputare un simple delito. diez unidades tributarias mensuales, si se imputare un simple delito.

Page 17: Deli to s Contra El Honor

Algunas Disposiciones ComunesAlgunas Disposiciones ComunesPárrafo 8 Libro VIIIPárrafo 8 Libro VIII

Disposiciones Procesales (55 y 56 CPP)Disposiciones Procesales (55 y 56 CPP)

Injurias o Calumnias Encubiertas (421 y Injurias o Calumnias Encubiertas (421 y 423)423)

Injurias o Calumnias Recíprocas (430)Injurias o Calumnias Recíprocas (430)

Injurias o Calumnias causada en juicio Injurias o Calumnias causada en juicio (426)(426)

Prescripción (431) Prescripción (431)

Page 18: Deli to s Contra El Honor

Disposiciones Procesales CPPDisposiciones Procesales CPP

Artículo 55.- Delitos de acción privada. No podrán ser ejercidas por otra persona que la víctima, las acciones que nacen de los siguientes delitos:a) La calumnia y la injuria;

Artículo 56.- Renuncia de la acción penal. Laacción penal pública no se extingue por la renuncia dela persona ofendida.Pero se extinguen por esa renuncia la acción penalprivada y la civil derivada de cualquier clase dedelitos.

Page 19: Deli to s Contra El Honor

Injurias o Calumnias Encubiertas Injurias o Calumnias Encubiertas (421 y 423)(421 y 423)

Art. 421. Se comete el delito de calumnia o injuria no sólo manifiestamente, sino por medio de alegorías, caricaturas, emblemas o alusiones.

Art. 423. El acusado de calumnia o injuria

encubierta o equívoca que rehusare dar en juicio explicaciones satisfactorias acerca de ella, será castigado con las penas de los delitos de calumnia o injuria manifiesta.

Page 20: Deli to s Contra El Honor

Injurias o Calumnias Recíprocas Injurias o Calumnias Recíprocas (430)(430)

Art. 430. En el caso de calumnias o injuriasrecíprocas, se observarán las reglas siguientes:1° Si las más graves de las calumnias o injuriasrecíprocamente inferidas merecieren igual pena, eltribunal las dará todas por compensadas.2° Cuando las más graves de las calumnias o injuriasimputadas por una de las partes, tuviere señalado mayorcastigo que la más grave de las imputadas por la otra,al imponer la pena correspondiente a aquélla se rebajará la asignada para ésta.

Page 21: Deli to s Contra El Honor

Injurias o Calumnias causada en Injurias o Calumnias causada en juicio (426)juicio (426)

Art. 426. La calumnia o injuria causada en juicio se juzgará disciplinariamente por el tribunal que conoce de la causa; sin perjuicio del derecho del ofendido para deducir, una vez que el proceso haya concluido, la acción penal correspondiente.No confundir con delito de “denuncia No confundir con delito de “denuncia calumniosa” (211)calumniosa” (211)

Page 22: Deli to s Contra El Honor

Prescripción (431)Prescripción (431)Art. 431. La acción de calumnia o injuria prescribe en un año, contado desde que el ofendido tuvo o pudo racionalmente tener conocimiento de la ofensa.

La misma regla se observará respecto de las demás personas enumeradas en el artículo 108 del Código Procesal Penal; pero el tiempo transcurrido desde que el ofendido tuvo o pudo tener conocimiento de la ofensa hasta su muerte, se tomará en cuenta al computarse el año durante el cual pueden ejercitar esta acción laspersonas comprendidas en dicho artículo.

No podrá entablarse acción de calumnia o injuria después de cinco años, contados desde que se cometió el delito. Pero si la calumnia o injuria hubiere sido causada en juicio, este plazo no obstará al cómputo del año durante el cual se podrá ejercer la acción.

Page 23: Deli to s Contra El Honor

LEY 19.733, SOBRE LIBERTADES DE OPINION E INFORMACION Y EJERCICIO DEL PERIODISMO ALGUNAS NORMAS RELEVANTES

Artículo 29 i/1, dispone que a los delitos de Artículo 29 i/1, dispone que a los delitos de injurias y calumnias cometidos a través de injurias y calumnias cometidos a través de cualquier medio de comunicación social, se les cualquier medio de comunicación social, se les aplican las penas de aquellas cometidas por aplican las penas de aquellas cometidas por escrito y con publicidad escrito y con publicidad

29 i/2 29 i/2 No constituyen injurias las apreciacionespersonales que se formulen en comentarios especializados de crítica política, literaria, histórica, artística, científica, técnica y deportiva, salvo que su tenor pusiere de manifiesto el propósito de injuriar, además del de criticar.

Page 24: Deli to s Contra El Honor

LEY 19.733, SOBRE LIBERTADES DE OPINION E INFORMACION Y EJERCICIO DEL PERIODISMO

ALGUNAS NORMAS RELEVANTES

Artículo 30.- Al inculpado de haber causado injuria a través de un medio de comunicación social, no le será admitida prueba de verdad acerca de sus expresiones, sino cuando hubiere imputado hechos determinados y concurrieren a lo menos una de las siguientes circunstancias:

a) Que la imputación se produjere con motivo de defender un interés público real;b) Que el afectado ejerciere funciones públicas y la imputación se refiriere a hechos propios de tal ejercicio.

En estos casos, si se probare la verdad de la imputación, el juez procederá a sobreseer definitivamente o absolver al querellado, según correspondiere.