REGLAMENTO INTERNO PARA LA MINI MUNI · Con base en lo preceptuado en la Constitución Política de...

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0 REGLAMENTO INTERNO PARA LA MINI MUNI Aprobado por el Concejo Municipal en Acta No. 16-03-03-2014; punto Decimo MUNICIPALIDAD DE JALAPA ADMINISTRACION 2012-2016

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0

REGLAMENTO INTERNO PARA LA MINI MUNI Aprobado por el Concejo Municipal en

Acta No. 16-03-03-2014; punto Decimo

MUNICIPALIDAD DE JALAPA

ADMINISTRACION 2012-2016

1

Acuerdo de Aprobación del Reglamento Interno para la Mini Muni de la Municipalidad de Jalapa, Jalapa

El Honorable Concejo Municipal de Jalapa, del departamento de Jalapa.

CONSIDERANDO:

Que es obligación de las autoridades municipales emitir normas y procedimientos internos que contribuyan a dar mayor consistencia, agilidad y efectividad a la gestión municipal y velar por que se rija por principios de igualdad en dignidad y derechos de todos los actores sociales;

CONSIDERANDO:

Que es importante que las autoridades, los funcionarios y las funcionarias, empleados y empleadas de la municipalidad conozcan con claridad las atribuciones mínimas de las dependencias municipales que por ley corresponden, para facilitar su labor en pro del desarrollo del municipio.

CONSIDERANDO:

Que el proceso de modernización del sistema administrativo y financiero del sector público no financiero de Guatemala, que incluye a las municipalidades del país, conlleva cambios y readecuaciones de sus estructuras organizacionales, que permitan hacer más eficiente y eficaz el proceso de gestión administrativa y financiera municipal, estructurándose desde la base de la población, para constituir un instrumento permanente de participación y representación de los pueblos Maya, Garifunas, Xinka y de la población no indígena, tomando como referencia lo establecido en los Acuerdos de Paz.

CONSIDERANDO:

Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 34 del Código Municipal, el Concejo Municipal debe emitir su propio reglamento interno de organización y funcionamiento, los reglamentos y ordenanzas para la organización y funcionamiento de sus oficinas, demás disposiciones que garanticen la buena marcha de la administración municipal; adecuada a la realidad de la nación guatemalteca, la cual se caracteriza como de unidad nacional, multiétnica, pluricultural y multilingüe.

POR TANTO:

Con base en lo preceptuado en la Constitución Política de la República de Guatemala, artículos 253, literal c); en el Código Municipal, Decreto No. 22-2010, Reformado artículos 34 ; 35, literales i), j) y k) y articulo 90.

ACUERDA:

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PRIMERO: Aprobar el REGLAMENTO INTERNO PARA LA MINI MUNI, el cual consta de 29 artículos, cuyo texto se tiene a la vista y ha sido leído en su totalidad durante la presente sesión. SEGUNDO: Instruir al Alcalde para que gire sus instrucciones al Secretario Municipal y Jefe de Recursos Humanos a efecto que sean reproducidas las copias necesarias para que cada Director o Directora, jefe o jefa de dependencia o Encargado o Encargada de Oficina, sección o unidad, para que cuenten con un ejemplar del mismo, así como publicar en los medios electrónicos para que sea conocido por todos los empleados y funcionarios de la Municipalidad de Jalapa; así como por la comunidad misma, TERCERO: Ordenar el archivo del documento que contiene el Manual indicado como anexo de la presente acta. CUARTO: Certifíquese el presente acuerdo a donde corresponda para su conocimiento y efectos legales consiguientes.

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Contenido

TITULO I: DISPOSICIONES GENERALES .................................................................................................... 5

CAPITULO UNICO. DISPOSICIONES GENERALES: ................................................................................ 5

ARTICULO 1. Objeto: ....................................................................................................................... 5

ARTICULO 2. Marco Legal: ............................................................................................................... 5

ARTICULO 3. Naturaleza .................................................................................................................. 5

ARTICULO 4. Definiciones ................................................................................................................ 5

TITULO II: ORGANIZACIÓN DE LA MINI MUNI ......................................................................................... 6

CAPITULO I. ORGANIZACIÓN .............................................................................................................. 6

ARTICULO 5. Autoridad Máxima Superior ....................................................................................... 6

ARTICULO 6. Autoridad Ejecutiva .................................................................................................... 6

ARTICULO 7. Estructura Organizacional de la Mini Muni ................................................................ 6

ARTICULO 8. Funciones: .................................................................................................................. 6

ARTICULO 9. Ocupación de puestos en la Mini Muni ..................................................................... 6

TITULO III DERECHOS, OBLIGACIONES Y PROHIBICIONES ...................................................................... 7

CAPITULO I. DERECHOS Y OBLIGACIONES. ......................................................................................... 7

ARTICULO 10. Derechos y Obligaciones del Personal ..................................................................... 7

CAPITULO II. PROHIBICIONES. ............................................................................................................ 7

ARTICULO 11. Prohibiciones del Gerente Municipal ...................................................................... 7

TITULO IV: JORNADA DE TRABAJO, DESCANSOS Y LICENCIAS. ............................................................... 8

CAPITULO I. JORNADA DE TRABAJO. .................................................................................................. 8

ARTICULO 12. Jornada Ordinaria: ................................................................................................... 8

ARTICULO 13. Horario de Jornada Ordinaria de Trabajo: .............................................................. 8

ARTICULO 14. Jornada Extraordinaria ........................................................................................... 8

ARTICULO 15. Control de Horario de Trabajo ................................................................................ 8

CAPITULO II. DESCANSOS, DIAS DE ASUETO Y LICENCIAS. ................................................................ 9

ARTICULO 16. Descansos y Días de Asueto .................................................................................... 9

ARTICULO 17. Licencias. ................................................................................................................. 9

TITULO V: REGIMEN DE SALARIOS Y PRESTACIONES LABORALES .......................................................... 9

CAPITULO I: REGIMEN DE SALARIO ..................................................................................................... 9

ARTICULO 18. Sueldos y Salarios ..................................................................................................... 9

ARTICULO 19. Prestaciones Laborales ............................................................................................ 9

TITULO VI: EVALUACION DEL DESEMPEÑO ............................................................................................. 9

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CAPITULO UNICO: EVALUACION DEL DESEMPEÑO............................................................................. 9

ARTICULO 20. Evaluación del Desempeño y Rendimiento Laboral ................................................ 9

TITULO VII: REGIMEN DE SANCIONES Y REMOCION ............................................................................. 10

CAPITULO I SANCIONES ..................................................................................................................... 10

ARTICULO 21. Faltas Leves. ........................................................................................................... 10

ARTICULO 22. Faltas Graves ......................................................................................................... 10

ARTICULO 23. Derecho de Defensa ............................................................................................... 10

ARTICULO 24. Sanciones ............................................................................................................... 10

ARTICULO 25. Calificación de las Faltas ........................................................................................ 11

TITULO VIII: DISPOSICIONES FINALES Y TRANSITORIAS ........................................................................ 11

CAPITULO UNICO DISPOSICIONES FINALES Y TRANSITORIAS ........................................................... 11

ARTICULO 26. Manual de Normas y Procedimientos .................................................................... 11

ARTICULO 27. Aprobación y Divulgación del Reglamento ............................................................ 11

ARTICULO 28. Modificaciones ....................................................................................................... 11

ARTICULO 29. Vigencia. ................................................................................................................. 11

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REGLAMENTO INTERNO PARA LA MINI MUNI DE LA MUNICIPALIDAD DE JALAPA.

TITULO I: DISPOSICIONES GENERALES

CAPITULO UNICO. DISPOSICIONES GENERALES:

ARTICULO 1. Objeto:

El presente Reglamento tiene como objeto regular las acciones que se realizan en la Mini Muni, para garantizar la eficacia y eficiencia administrativa de los servicios que se prestan.

ARTICULO 2. Marco Legal:

La Creación de la Mini Muni, se basa en el acuerdo emitido por el Honorable Concejo Municipal, en punto de acta No. 11-10-02-2014 Punto Décimo Tercero.

ARTICULO 3. Naturaleza.

Se origina de la necesidad de modernización de la administración municipal, así como para descentralizar los servicios municipales, acercándolos a la población jalapaneca.

ARTICULO 4. Definiciones

Para los efectos de aplicación del presente reglamento y en concordancia con lo estipulado en el artículo 4; y artículo 18; de la Ley de Servicio Municipal:

Trabajador Municipal es “la persona individual que presta un servicio remunerado por el erario municipal en virtud de nombramiento, contrato o cualquier otro vínculo legalmente establecido, mediante el cual queda obligado a prestar sus servicios o a ejecutarle una obra formalmente a cambio de un salario, bajo la dependencia y dirección inmediata o delegada de la municipalidad o sus dependencias.”

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TITULO II: ORGANIZACIÓN DE LA MINI MUNI.

CAPITULO I. ORGANIZACIÓN

ARTICULO 5. Autoridad Máxima Superior.

El Concejo Municipal en pleno es la autoridad superior de la Municipalidad y como tal, le corresponde la deliberación y decisión en asuntos de administración del patrimonio e interés de su municipio así como para modernizar la administración municipal, crear las oficinas y puestos necesarios, cuando las necesidades lo ameriten.

ARTICULO 6. Autoridad Ejecutiva:

El Alcalde Municipal es la autoridad administrativa para la aplicación de las normas establecidas en el presente Reglamento.

ARTICULO 7. Estructura Organizacional de la Mini Muni:

Para el cumplimiento de sus competencias y responsabilidades, la Mini Muni dependerá del Concejo Municipal y del Alcalde Municipal y se estructurará de la siguiente manera: Un Encargado de la Mini Muni; Dos Receptores de Tesorería Municipal; Un Receptor de la Empresa Eléctrica Municipal; Un Auxiliar de la Oficina del IUSI; Un Auxiliar de Secretaria; Dos Auxiliares de Servicios Públicos.

ARTICULO 8. Funciones:

Las funciones de cada uno de los empleados municipales estarán enmarcadas en la oficina municipal que representan, debiendo coordinar o resolver inconvenientes con el Director Municipal respectivo y que deban cumplir con la prestación de los siguientes servicios:

a. Recepción de pagos de tasas y arbitrios. b. Recepción de pagos de Energía Eléctrica. c. Registro y Recepción de pagos de IUSI. d. Recepción de gestiones administrativas (Constancias de Residencia,

honorabilidad, etc.) e. Recepción de quejas y reclamos, así como rectificación de lectura de

medidores. f. Gestión de Servicios Públicos

ARTICULO 9. Ocupación de puestos en la Mini Muni

Para ocupar los puestos indicados en el artículo 6, cada Director Municipal en coordinación con el Departamento de Recursos Humanos deberá asignar a las

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personas idóneas. Y que las funciones actuales sean acorde a los trabajos que realizarán en la Mini Muni.

TITULO III DERECHOS, OBLIGACIONES Y PROHIBICIONES.

CAPITULO I. DERECHOS Y OBLIGACIONES.

ARTICULO 10. Derechos y Obligaciones del Personal.

Los Trabajadores en la Mini Muni son titulares de los derechos y obligaciones que se establecen en la Constitución Política de la República, La Ley de Servicio Municipal; Reglamento Interno de Trabajo, Pacto Colectivo y otras leyes que especifican y protegen tales derechos. Los empleados son empleados municipales y gozan de los mismos derechos y obligaciones al igual que el resto de empleados municipales no importando su ubicación.

CAPITULO II. PROHIBICIONES.

ARTICULO 11. Prohibiciones:

Además de las normas estipuladas en la Ley de Servicio Municipal y Código de Trabajo, lo siguiente:

a. Suspender o abandonar sus labores sin autorización del Alcalde Municipal o justificación alguna.

b. Presentarse a sus labores en estado de ebriedad, o bajo efectos estupefacientes.

c. Portar armas de cualquier tipo dentro de las instalaciones de la Municipalidad.

d. Utilizar recursos de la Municipalidad y emplear el equipo o herramientas que se le hubieran encomendado, en actividades que no sean para el servicio de la Municipalidad.

e. Realizar cualquier actividad que pueda poner en peligro su propia seguridad, la de sus compañeros de trabajo o la de terceras personas, así como la de los bienes de la Municipalidad.

f. La ejecución de hechos y las actuaciones que violan las normas de trabajo de la Municipalidad.

g. Tomar medidas de hecho que violen los derechos del Jefe, subalternos, compañeros y usuarios.

h. Realizar cualquier tipo de actividades de juegos de azar dentro de las instalaciones municipales.

i. Realizar actos fuera de las normas morales y de pudor dentro y fuera de las instalaciones municipales.

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j. Participar en actividades de proselitismo electoral utilizando tiempo y/o recursos de la municipalidad.

k. Realizar compra o venta de cualquier tipo, dentro de las instalaciones municipales en horarios de trabajo.

l. Consumir bebidas y alimentos frente al público. m. Escuchar música con volumen alto para evitar molestias con los

compañeros de trabajo y con el público en general. n. Atender llamadas personales, o. Realizar reuniones con otros compañeros de trabajo en pasillos, o

conversaciones privadas, ya que afectan la atención al público o el desempeño de sus labores.

p. Cerrar las oficinas de atención, sin justificación ni previa autorización. q. Autorizar compras mayores al monto establecido. r. Firmar documentos legales o de competencia exclusiva del Alcalde o de

otro funcionario municipal. s. Y otras de conformidad con los reglamentos y normas que establezca el

Alcalde Municipal como máxima autoridad administrativa.

TITULO IV: JORNADA DE TRABAJO, DESCANSOS Y LICENCIAS.

CAPITULO I. JORNADA DE TRABAJO.

ARTICULO 12. Jornada Ordinaria:

La jornada de trabajo ordinaria (diurna) comprendida de lunes a viernes.

ARTICULO 13. Horario de Jornada Ordinaria de Trabajo:

De conformidad con las actividades que se realizan para la prestación de los servicios municipales, el horario de la jornada de trabajo se establece de Ocho horas (8:00) a dieciséis horas con treinta minutos (16:30). Con un periodo de una hora para ingerir los alimentos.

ARTICULO 14. Jornada Extraordinaria:

Si fuera necesario laborar en un periodo distinto al determinado en el artículo anterior, para el cumplimiento de sus objetivos y metas deberá coordinar con el Encargado de la Mini muni, la reposición del tiempo, siempre y cuando no haya sido para subsanar errores o por desatención de sus obligaciones.

ARTICULO 15. Control de Horario de Trabajo:

Para garantizar la asistencia del personal el Departamento de Recursos Humano, debe llevar un control de asistencia de entradas y salidas de los trabajadores municipales, a través de un reloj marcador. Su incumplimiento u omisión, se

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considerará como falta grave, que deberá ser sancionada de conformidad con la Ley.

CAPITULO II. DESCANSOS, DIAS DE ASUETO Y LICENCIAS.

ARTICULO 16. Descansos y Días de Asueto:

Los Descansos y Asuetos, se regirán por Reglamento Interno de Trabajo y el Pacto Colectivo de Condiciones de Trabajo.

ARTICULO 17. Licencias.

Las licencias con o sin goce de salario, se regirán por el Pacto Colectivo de Condiciones de Trabajo.

TITULO V: REGIMEN DE SALARIOS Y PRESTACIONES LABORALES

CAPITULO I: REGIMEN DE SALARIO

ARTICULO 18. Sueldos y Salarios.

El personal asignado a ocupar los puestos en la Mini Muni, continuará percibiendo el mismo sueldo, ya que sus actividades no variarán sustantivamente.

ARTICULO 19. Prestaciones Laborales:

Todos los trabajadores tiene derecho a recibir un aguinaldo anual, igual al monto de un salario mensual, Bono Catorce, gastos funerarios, Bono por Vacaciones, Bono por Productividad y todas aquellas prestaciones establecidas en el pacto colectivo.

TITULO VI: EVALUACION DEL DESEMPEÑO

CAPITULO UNICO: EVALUACION DEL DESEMPEÑO.

ARTICULO 20. Evaluación del Desempeño y Rendimiento Laboral.

La Evaluación del desempeño la realizará el Departamento de Recursos Humanos en coordinación con el Jefe Inmediato superior; quien deberá presentar los resultados ante el Alcalde y Concejo Municipal en el mes de noviembre de cada año, para determinar el desempeño de cada empleado municipal.

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TITULO VII: REGIMEN DE SANCIONES Y REMOCION

CAPITULO I SANCIONES

ARTICULO 21. Faltas Leves.

Toda infracción a la regulación municipal por acción u omisión cometida por el personal por primera vez, se considerara como falta leve, siempre y cuando la falta cometida no sea considerada como causal de despido, de conformidad con las disposiciones establecidas, por la Ley de Servicio Municipal y el presente Reglamento. Por lo tanto, el trabajador deberá ser amonestado verbalmente en la primera falta, la segunda falta se hará por escrito y si el caso lo amerita, y se reincidiera en una tercera falta, se deberá faccionar el acta respectiva.

ARTICULO 22. Faltas Graves.

Son aquellas que implican mayor riesgo para la institución, el bienestar de los trabajadores o trabajadoras, el desempeño de las labores, el estado de instalaciones y del equipo, así como la reputación de la municipalidad.

ARTICULO 23. Derecho de Defensa.

Previo a la imposición de la sanción, el afectado tiene derecho a solicitar audiencia por un término de tres días hábiles, para que por escrito ante el Jefe o Director de Recursos Humanos, exprese los descargos que estime convenientes. Si se determina que las razones expuestas son justificadas, el Alcalde tiene potestad de decidir si desiste o no a la aplicación de la medida disciplinaria.

ARTICULO 24. Sanciones.

La infracción del presente reglamento, a otros reglamentos, ordenanzas, a los Manuales Administrativos y de Recursos Humanos, así como de las demás disposiciones establecidas y aprobadas por el Concejo Municipal y alcalde Municipal, dará lugar a la aplicación de las sanciones siguientes:

1. Para las faltas leves: a. Amonestación verbal con constancia escrita, cuando el Personal

Municipal infrinja levemente sus obligaciones laborales. Será aplicada por el Encargado de la Mini Muni.

b. Amonestación escrita, cuando el Personal sea objeto de dos o más amonestaciones verbales durante el mismo mes calendario, o cometa faltas de alguna gravedad que, a juicio del Director Municipal amerite dejar constancia para la evaluación u otros fines laborales. Será aplicada por el Director Municipal que corresponda.

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2. Para faltas graves:

a. Suspensión de sus labores sin goce de salario hasta por máximo de ocho días, cuando el Personal Municipal hubiere sido amonestado por escrito dos veces durante el mismo mes calendario o incurra en falta de alguna gravedad pero que no constituya motivo de despido. Será aplicada por el Alcalde Municipal.

ARTICULO 25. Calificación de las Faltas.

Corresponderá al Alcalde Municipal la calificación de las faltas, para lo cual debe considerar la Evaluación del Desempeño y los informes escritos que al respecto presente el Jefe o Director de Recursos Humanos.

TITULO VIII: DISPOSICIONES FINALES Y TRANSITORIAS

CAPITULO UNICO DISPOSICIONES FINALES Y TRANSITORIAS

ARTICULO 26. Manual de Normas y Procedimientos.

El Manual de normas y procedimientos para el cumplimiento de sus objetivos y metas, constituye un anexo al presente reglamento y entrará en vigencia en el momento de su aprobación.

ARTICULO 27. Aprobación y Divulgación del Reglamento.

Aprobado el presente Reglamento por Acuerdo del Concejo Municipal deberá hacerse del conocimiento de todos los trabajadores de la Municipalidad. Así como de la población jalapaneca en general.

ARTICULO 28. Modificaciones.

Las modificaciones al presente Reglamento solo podrá realizarse por Acuerdo del Concejo Municipal, a propuesta de los miembros del Concejo Municipal o por el Alcalde Municipal.

ARTICULO 29. Vigencia.

Una vez aprobado el Reglamento por parte del Concejo Municipal, estará vigente a partir de la certificación por parte del secretario Municipal.

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MANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS

PARA LA MINI MUNI

ADMINISTRACIÓN 2012-2016

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MUNICIPALIDAD DE JALAPA MANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS

MINI MUNI

Identificación PRP-MINI MUNI-001 1ª. Edición Febrero 2014

Nombre del Procedimiento:

ATENCION AL VECINO EN VENTANILLA

Procedimiento: El presente procedimiento define los pasos a seguir para cuando un vecino o contribuyente se presente a las ventanillas de recepción de pagos a realizar el pago de tasas y arbitrios.

Objetivo: Descentralizar los servicios municipales y acercarlos a la comunidad

Tiempo Estimado: 5 minutos Frecuencia: diaria

Número Actividad Responsable

1 Se presenta en ventanilla a realizar el pago respectivo

(Agua, Luz, Arbitrio, etc.)

Vecino

2 Verifica información en el Sistema de Servicios GL,

ingresando previamente la Clave del Servicio

Receptor

3 Indica al vecino, el monto total a cancelar, recibe el

dinero y opera en el sistema

Receptor

4 Entrega original del Recibo 7-B; verificando el nombre

del contribuyente y el monto cancelado

Receptor

5 Recibe el comprobante de Pago

Vecino

6 Al final del día, realiza procedimiento de Cuadre y

verificación de efectivo y entrega al Encargado de la Mini Muni

Receptor

7 Realiza cuadre y coordina traslado de efectivo

Encargado de Mini Muni

NORMAS:

1. El monto de efectivo debe ser exactamente del mismo monto que refleje el reporte de cuadre final. 2. Si existiera diferencia en efectivo con el reporte de cuadre, deberá proceder: Si es faltante el

receptor debe reponer inmediatamente el dinero. Si es sobrante, se deberá operar un recibo por concepto de ingresos varios.

3. La clave de acceso al sistema es de uso personal e intransferible, es responsabilidad del usuario el mal uso que se haga del mismo.

4. No es permitido el uso de teléfono celular en el periodo de atención al vecino. 5. No es permitido atender asuntos personales previamente a atender a los vecinos.

DOCUMENTOS:

1. Recibo 7-B

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PRP-MINI MUNI-001 PROCEDIMIENTO ATENCION EN VENTANILLA

VECINORECEPTOR

TESORERIA Y/O EMPRESA ELECTRICA

ENCARGADOFa

se

Inicio

Se presenta en ventanilla con su ultimo recibo de

pago

Verifica información en el sistema e indica el monto

pendiente de pago

Opera el pago y recibe el dinero

Vecino recibe su recibo de pago

FIN

Al final del Día, realiza cuadre y

entrega de efectivo

Coordina con el Cajero General la

entrega del dinero o el deposito

FIN

Agua, Luz, Boletos de ornato, arbitrios, Multas de transito, etc.

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MUNICIPALIDAD DE JALAPA MANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS

MINI MUNI

Identificación PRP-MINI MUNI-002 1ª. Edición Febrero 2014

Nombre del Procedimiento:

ATENCION DE SERVICIOS PÚBLICOS

Procedimiento: El presente procedimiento define los pasos a seguir para cuando un vecino requiera de algún servicio básico municipal,

Objetivo: Descentralizar los servicios municipales y acercarlos a la comunidad.

Tiempo Estimado: 5 minutos Frecuencia: diaria

Número Actividad Responsable

1

Se presenta a las oficinas a requerir información para requerir de algún servicio público municipal, como: Servicio de Agua, drenaje, Licencia de Construcción,

Licencia de Comercio, entre otros.

Vecino

2 Brinda información sobre requisitos que debe cumplir Auxiliar de Servicios Públicos

3 Si tiene dudas sobre ampliar información se comunica

con el encargado de la Oficina Municipal, de las oficinas centrales

Auxiliar de Servicios Públicos

4 Si el vecino queda satisfecho y cumple con los

requisitos, completa la solicitud y el expediente requerido

Vecino

5 Escanea la documentación y la envía por correo

electrónico a oficinas centrales Auxiliar de Servicios Públicos

6 Recibe la información y gestiona la autorización o el

trámite correspondiente Servicios Públicos (Central)

7 Envía Resolución de aprobado o improbado Servicios Públicos (Central)

8 Recibe la Resolución y notifica al vecino Auxiliar de servicios Públicos

Mini Muni

9 Recibe información y realiza el pago correspondiente Vecino

NORMAS:

1. El personal de la Mini Muni, debe requerir aprobación o no, del Encargado de la oficina municipal respectiva.

2. No retener expedientes originales por ningún motivo. 3. Informar al vecino cada etapa de su gestión. 4. El encargado de la mini Muni debe velar por la eficiencia y eficacia de las gestiones. 5. Requerir expediente completo para gestionar la solicitud.

DOCUMENTOS:

1. Formulario de solicitud del servicio requerido. 2. Volantes conteniendo requisitos de los servicios.

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PRP-MINI MUNI-002 PROCEDIMIENTO PARA ATENCION DE SERVICIOS PUBLICOS

VECINOAUXILIAR DE

SERVICIOS PUBLICOS MINI MUNI

SERVICIOS PUBLICOS CENTRAL

Fase

Inicio

Vecino se presenta a solicitar o

Gestionar Servicios Publicos

Brinda información y entrega volante de

Requisitos

Tiene dudas

Se comunica por chat con el

Encargado de la Oficina Municipal

responsable

Envia la Solicitud a traves de Correo

Electrónico

Recibe solicitud y gestiona

Al tener Resolución informa a la MINI

MUNI enviando por correo la

información

Recibe información y notifica al vecino

Vecino recibe notificación y realiza

los pagos correspondientes

FIN

SI

NO

Oficina Municipal de Comercio;Oficina Municipal de Transporte;Oficina Municipal de Agua;Oficina Municipal de ConstrucciónOtras oficinas

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MUNICIPALIDAD DE JALAPA MANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS

MINI MUNI

Identificación PRP-MINI MUNI-003 1ª. Edición Febrero 2014

Nombre del Procedimiento:

ATENCIÓN DE SERVICIOS DE SECRETARÍA MUNICIPAL

Procedimiento: El presente procedimiento define los pasos a seguir para cuando un vecino requiera de algún servicio o trámite en secretaría municipal, Alcalde Municipal o con el Concejo Municipal.

Objetivo: Descentralizar los servicios municipales y acercarlos a la comunidad.

Tiempo Estimado: 5 minutos Frecuencia: diaria

Número Actividad Responsable

1 Se presenta a requerir audiencias, certificaciones u otro

trámite específico de Secretaría Municipal Vecino.

2 Elabora solicitud o completa formulario y requiere

firma del vecino Auxiliar de Secretaria

3 Envía a Secretaria Municipal el requerimiento, por

medio de correo electrónico Auxiliar de Secretaría

4 Recibe información y tramita lo requerido Auxiliar de Secretaría Municipal

5 Informa a Mini Muni sobre el estado de la solicitud Auxiliar de Secretaría Municipal

6 Recibe documentos solicitados y notifica al vecino para

su entrega Auxiliar de Secretaría

7 Recibe documentos solicitados Vecino

NORMAS:

1. El personal de la Mini Muni, debe requerir aprobación o no, del Secretario Municipal. 2. Al finalizar el día debe enviar las solicitudes originales a Secretaria Municipal, No retener

expedientes originales por ningún motivo. 3. Informar al vecino cada etapa de su gestión. 4. El encargado de la mini Muni debe velar por la eficiencia y eficacia de las gestiones. 5. Toda solicitud debe ir respaldada con firme e identificación del vecino solicitante.

DOCUMENTOS:

1. Formulario de solicitud del servicio requerido. 2. Volantes conteniendo requisitos de los servicios.

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PRP-MINI MUNI-003 PROCEDIMIENTO DE SERVICIOS DE SECRETARIA MUNICIPAL

VECINO AUXILIAR DE SECRETARIASECRETARIA MUNICIPAL

Fase

Inicio

El vecino se presenta a requerir

un servicio Municipal

Elabora solicitud, requiere firma del vecino y el pago correspondiente

Envía solicitud a Secretaria Municipal

por correo electrónico

Recibe solicitud escaneada y la

tramita

Al día siguiente envía la original a la Mini Muni para ser

entregada

Recibe documentos y notifica al vecino

que pase a recogerla

Recibe documento

FIN

Certificaciones de:HonorabilidadRecomendaciónResidencia

Solicitudes de:Aut. De fierroMatriculasCertificaciones extemporaneas

Se entregará en 24 horas

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MUNICIPALIDAD DE JALAPA MANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS

MINI MUNI

Identificación PRP-MINI MUNI-004 1ª. Edición Febrero 2014

Nombre del Procedimiento:

ATENCIÓN DE SERVICIOS EN EL IUSI

Procedimiento: El presente procedimiento define los pasos a seguir para cuando un vecino requiera inscribir su propiedad en el registro del IUSI, o desee realizar el pago correspondiente.

Objetivo: Descentralizar los servicios municipales y acercarlos a la comunidad.

Tiempo Estimado: 5 minutos Frecuencia: diaria

Número Actividad Responsable

1 Se presenta a ventanilla del IUSI a realizar sus

operaciones de Inscripción o pago Vecino

2 Informa al vecino sobre los requisitos que debe cumplir

para la inscripción y completa solicitud Auxiliar del IUSI

3 Completa el expediente

Vecino

4 Verifica expediente y envía documentos por correo

electrónico para su registro Auxiliar del IUSI

5 Recibe información y registra en el sistema

Encargado del IUSI (Central)

6 Notifica por correo

Encargado del IUSI (Central)

7 Recibe información del registro en el sistema, opera la

tarjeta de cuenta corriente y emite orden de pago Auxiliar del IUSI

8 Pasa a ventanilla de Tesorería a realizar el pago

Vecino

NORMAS:

1. El auxiliar de Iusi en la Mini Muni, contará con acceso al sistema con perfil de Gestor. 2. Los registros, notas de débito y crédito, y otros solamente serán realizados en oficinas centrales. 3. Todo expediente original debe ser remito a oficinas centrales. 4. Para cuando el vecino solamente requiera realizar el pago, debe emitir la orden de pago. (inciso 7 y

8) 5. Para las inscripciones debe estar plenamente comunicado con oficinas centrales.

DOCUMENTOS:

1. Formulario de solicitud del servicio requerido. 2. Volantes conteniendo requisitos de los servicios.

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PRP-MINI MUNI-004 PRODECIMIENTO PARA ATENCION EN EL IUSI

VECINO AUXILIAR DEL IUSI IUSI CENTRALFa

se

Inicio

Se presenta a realizar operaciones

de IUSI

PARA REGISTRO DE PROPIEDAD,

completa formulario de

solicitudY envia por correo a

IUSI CENTRAL

Recibe solicitud y opera en el sistema.

Notifica por correo electrónicoApertura cuenta

corriente y emite orden de pago

Realiza pago en ventanilla de

Tesoreria

FIN

Registro de Nueva propiedadesOrdenes de pago

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MUNICIPALIDAD DE JALAPA MANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS

MINI MUNI

Identificación PRP-MINI MUNI-005 1ª. Edición Febrero 2014

Nombre del Procedimiento:

GESTIONES DEL PERSONAL ANTE EL DEPARTAMENTO DE RECURSOS HUMANOS

Procedimiento: El presente procedimiento define los pasos a seguir para cuando un empleado municipal requiera realizar alguna gestión de asuntos laborales, ante el Departamento de Recursos Humanos.

Objetivo: Facilitar a los Empleados municipales que no se encuentren en el edificio municipal a realizar sus gestiones laborales.

Tiempo Estimado: 5 minutos Frecuencia: eventualmente

Número Actividad Responsable

1 Presenta la solicitud para el goce de su derecho laboral

ante el Encargado de la Mini Muni Empleado Municipal

2 Recibe solitud, pre autoriza y traslada al Departamento

de Recursos Humanos Encargado de Mini Muni

3 Recibe solicitud e informa sobre la Resolución y notifica Departamento de Recursos

Humanos.

4 Recibe Resolución e informa al empleado municipal Encargado de Mini Muni

5 Recibe notificación Empleado municipal

NORMAS:

1. Las gestiones laborales deben basarse en el Pacto Colectivo y la Ley de Servicio Municipal, (entre otras).

2. Las ausencias, permisos, licencias, etc. Deben coordinarse previamente con el encargado de la Mini Muni, para posteriormente notificarse al Director Municipal correspondiente.

3. El encargado de la Mini Muni debe velar porque los servicios no queden descubiertos ni cerrados, se debe brindar servicio en todo momento.

4. El encargado de mini Muni, es el responsable del orden y disciplina del equipo de trabajo. 5. Cualquier acontecimiento debe ser notificado de inmediato al Director Municipal respectivo; y al

Departamento de Recursos Humanos con copia al Alcalde Municipal.

DOCUMENTOS: 1. Formulario de solicitud del servicio requerido.

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PRP-MINI MUNI-005 PROCEDIMIENTO PARA GESTIONES DE RECURSOS HUMANOS

EMPLEADO MUNICIPALENCARGADO MINI

MUNIDEPARTAMENTODE

RRHH

Fase

Inicio

Solicita derecho laboral

Recibe solicitud y gestiona antte el Depto. De RRHH

Aprueba?

Emite Resolución o Dictamen y notifica

Recibe notificación e informa

Recibe Respuesta

FIN

SI/NO

Solicitud de VacacionesSolicitud de Permisos

Solicitud de Certificados del IGSSAusencias justificadas

Otros.

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